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El próximo 1 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación para reforzar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía, entre ellos los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

La nueva normativa establece una serie de obligaciones y requisitos que deberán cumplir las personas usuarias de patinetes eléctricos:

🪖 Casco homologado y correctamente abrochado.
👤 Edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
🚫 Prohibido circular por aceras, autopistas, autovías y determinadas vías interurbanas.
✋ Señalización de las maniobras mediante el brazo.
📝 Registro obligatorio del patinete en la DGT y colocación de la etiqueta identificativa.
🛡️ Seguro de responsabilidad civil obligatorio.
🌙 Elementos luminosos o reflectantes durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.
👥 Los VMP son de una sola plaza: no está permitido transportar a otra persona.
🦺 Las personas que utilicen un VMP para desarrollar su actividad profesional deberán llevar chaleco reflectante de alta visibilidad.

⚠️ Y ojo con las multas: incumplir estas normas puede suponer sanciones económicas. Por ejemplo, no utilizar el casco obligatorio o el chaleco reflectante en los casos establecidos puede conllevar una multa de 200 €.

Además, circular sin seguro obligatorio puede acarrear sanciones de hasta 800 €, según las características del VMP. 

👉 Toma nota de las nuevas obligaciones.

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